Page 64 - Coleccion de articulos 2021
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en el Perú debido a la ausencia de un marco legal que habilite al Estado a someter a
imposición dichas ganancias. Esta situación no solo coloca en clara desventaja a las
sociedades domiciliadas (formales) dedicadas al desarrollo de modelos de negocio
tradicionales que deben cumplir una serie de obligaciones tributarias sustanciales y
formales, sino también afecta la permanencia en territorio peruano de sociedades de
capital nacional dedicadas al desarrollo de nueva tecnología, para quienes trasladar
su sede principal al exterior y brindar desde allí los servicios digitales antes referidos (no
gravados en el Perú) resultaría tributariamente más atractivo que, permanecer en
territorio peruano compitiendo con entidades que no tienen obligación alguna con el
fisco peruano; eliminando con ello una importante fuente de recaudación. Advertido
dicho problema, el presente trabajo de investigación, partiendo de la premisa de que
el Estado peruano decida someter a imposición dichas ganancias con el impuesto a la
renta, identifica los componentes que corresponderían ser regulados para tal fin y
formula una propuesta sobre el contenido de los mismos, considerando los esquemas
desarrollados por la OCDE en el Informe Final de la Acción 1 “Addressing the Tax
Challenges of the Digital Economy”, publicado en el marco del Plan BEPS- y la regulación
que los países de la región como Argentina, Uruguay, Chile y Colombia han
implementado y/o vienen discutiendo en los últimos años, aplicando para ello el
método de análisis comparativo.
Siguiendo la línea del razonamiento de la OCDE se puede esbozar la idea que la
economía digital es un proceso desarrollado por el uso intensificado de las TIC, que ha
generado la necesidad de rediseñar la forma de hacer negocios en el mundo y en las
instituciones públicas una obligación de simplificar y virtualizar sus procedimientos con
el objetivo de adaptarlos a las nuevas tendencias del mercado y formas de hacer
negocios en el mundo.
La economía digital se está convirtiendo cada día más en una constante forma de
hacer negocios y eso se extiende a los negocios jurídicos con connotaciones impositivas,
resultaría una tarea ardua, tener que delimitar y separar el radio de acción de la
economía digital del resto de la economía a efectos fiscales.
La economía digital y sus formas de hacer negocios presentan algunas características
claves que resultan sustancialmente relevantes desde una perspectiva fiscal, entre las
que se puede encontrar la movilidad, la importancia de la información, los efectos de
la red, la proliferación de modelos de negocio multilaterales y la volatilidad. Entre los
tipos de negocios jurídicos se incluyen diversas categorías: comercio electrónico,
tiendas de aplicaciones, publicidad en línea, computación en la nube, plataformas
participativas en red, negociación de alta frecuencia y servicios de pago en línea.
Asimismo, la economía digital en el contexto del COVID 19 ha acelerado y proliferado
el uso de los canales digitales para que las personas naturales puedan hacer negocios
a través de la red.
Cardeña Sucasaca (2019) Los negocios jurídicos en el contexto de la economía digital
generan en ciertos casos inafectación a los sujetos no domiciliados que brindas servicios
a sujetos domiciliados en una determinada jurisdicción tributaria, debido a la falta de
regulación por parte de los Estados en relación con el hecho imponible derivado de la
relación jurídico tributario generada en el proceso de prestación de servicios digitales.
En los últimos años el desarrollo tecnológico ha variado las formas tradicionales de
realizar las operaciones comerciales de intercambio de bienes y servicios los cuales
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