Page 68 - Coleccion de articulos 2022
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- Pago al contado: cancelando el noventa por ciento (90%) de la deuda acogida
al Sinceramiento de la Deuda Municipal hasta la fecha de acogimiento.
- Pago fraccionado: Cancelando cuotas mensuales en el plazo máximo de
fraccionamiento que corresponda (entre 6 a 15 años), de acuerdo con lo
establecido en el Anexo I de la Ley.
EXCEPCIÓN:
Las deudas acogidas no podían sujetarse al Régimen de Sinceramiento aprobado
mediante Decreto Legislativo N.° 1275.
Régimen de Sinceramiento de Deudas por Aportaciones al ESSALUD y a la ONP de
los Gobiernos Regionales y Locales
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BASE LEGAL:
Capítulo IV del Decreto Legislativo N.° 1275
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Reglamento del Régimen de Sinceramiento de deudas por aportaciones al
ESSALUD y ONP
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Deuda comprendida:
Deuda tributaria por concepto de aportaciones al ESSALUD y a la ONP
administrada por la SUNAT hasta el periodo tributario diciembre 2015 y pendiente
de pago a la fecha de su acogimiento, cualquiera sea el estado, incluidos sus
intereses, actualización e intereses capitalizados.
Con el acogimiento, se extinguen los intereses, actualización e intereses
capitalizados de los tributos y de las multas asociadas a éstos, con sus respectivos
intereses diarios y capitalizados. Aplicada la extinción, se recalcula el tributo
insoluto considerando la variación anual del IPC de Lima Metropolitana o una
variación anual del 6%, la que sea menor, desde la fecha del último pago o, en su
defecto, desde la fecha de exigibilidad de la deuda hasta el mes anterior a la
fecha de acogimiento.
SUJETOS:
Los Gobiernos Regionales y Locales que tengan deudas tributarias por cualquiera
de los conceptos señalados, excepto las municipalidades de centros poblados.
FORMA DE PAGO:
- Pago al contado: hasta la fecha de presentación de la solicitud de acogimiento,
debiendo realizar el pago a dicha fecha, aplicándosele un descuento de hasta
20% sin afectar el tributo insoluto.
- Pago fraccionado. hasta en 120 cuotas mensuales iguales, salvo la primera y la
última. Las cuotas estarán constituidas por amortización e intereses del
75 Los Gobiernos Regionales y Locales pudieron acogerse a este régimen hasta el 29.12.2017.
76 Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los
Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, publicado el 23.12.2016.
77 Aprobado por el Decreto Supremo N.° 167-2017-EF, publicado el 7.6.2017.
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