Page 83 - Coleccion de articulos 2022
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Opiniones respecto de los regímenes tributarios en el Perú
1) Jorge Bravo Cucci indica que la recaudación tributaria de los regímenes del
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RER y el NRUS, va a una tendencia decreciente, considera que no habría la
necesidad de crear más regímenes especiales o paralelos, lo que más bien faltaría
es una fiscalización, porque los del NRUS no cumplen con los requisitos, en muchos
casos tienen ingresos superiores a lo señalado.
Respecto al RER, no está debidamente controlado por la AT, es el caso que hay
empresas que no califican para estar dentro del RER, pero para pertenecer a este
régimen se constituyen en varias empresas distintas, contribuyendo con una
tributación reducida, convirtiéndose en una elusión.
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2) Por su parte, la Dra. Mónica Byrne sostiene que el NRUS es un monotributo y el
RER no lo es. El NRUS por sus actividades no permite que se conecten con empresas
más grandes en las cadenas de comercialización, distribución y producción, etc.,
porque no emite factura, por lo tanto, no tienen crédito fiscal, estando destinados
los del NRUS a ser minoristas en cantidades reducidas.
En cambio, en el RER, si se genera crédito fiscal, simplificando al pequeño
contribuyente su tributación que debería estar en el régimen general, le sirve para
esconderse o para tributar menos.
Análisis de la recaudación de los regímenes tributarios en el Perú
En el sistema tributario peruano existen tres regímenes tributarios especiales para
MYPEs que son opcionales: el Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS), Régimen
Especial del Impuesto a la Renta (RER) y Régimen MYPE Tributario (RMT).
Según Cuadro Nro. 3 para el periodo 2022 la cantidad de contribuyentes inscritos
activos en el MYPE Tributario fue 965,521, en el RER de 555,713 y en el NRUS de
1’425,633, que en conjunto entre estos tres regímenes especiales hacen el 93.33%
18 Derecho & Sociedad 33 Asociación Civil. Mesa Redonda: Simplificación del Régimen Tributario. Jorge Bravo
Cucci pág. 211
19 Derecho & Sociedad 33 Asociación Civil; Mesa Redonda: Simplificación del Régimen Tributario. Mónica Byrne
pág. 212