Page 56 - Coleccion de articulos 2022
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Introducción


                  El artículo 1º y el literal b) del artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 933, señalan que las
                  entidades públicas, bajo responsabilidad del Jefe de la Oficina de Administración o de
                  la dependencia que haga sus veces, deberán cumplir con la obligación de declarar y
                  pagar  mensualmente  las  retenciones  y  las  contribuciones  sociales  contenidas  en  la
                  planilla del personal activo, cesante y/o pensionista, las retenciones del Impuesto a la
                  Renta  de  cuarta  categoría y  de  los  sujetos  que  perciben  renta  neta  y  del  Impuesto
                  General a las Ventas. Dicho cuerpo normativo prevé, además, una acción inductiva
                  para el cumplimiento de la declaración y/o pago de las mencionadas obligaciones
                  tributarias, mediante la remisión de una comunicación, por parte de la Administración
                  Tributaria, al titular de la entidad que haya caído en dicho incumplimiento.
                  No  obstante,  en  la  realidad  de  la  Intendencia  Regional  Cusco  –como  muestra  a
                  utilizarse-, puede advertirse que dicha norma no ha resultado lo suficientemente eficaz
                  para lograr su objetivo disuasivo del incumplimiento de dichas obligaciones.
                  En ese contexto, la presente monografía pretende responder a la pregunta de ¿cuán
                  eficaz puede ser dicha regulación?, si se tiene presente que, en la aplicación de las
                  sanciones  administrativas  a  los  funcionarios  involucrados  en  el  incumplimiento  de  la
                  declaración y pago oportuno de las mencionadas obligaciones, éstas solo podrán tener
                  lugar, si el funcionario hubiera tenido la disposición de los fondos necesarios para cumplir
                  con su pago total, según las normas de la materia y en la fecha de vencimiento fijada
                  al  efecto.  Con  tal  objetivo,  los  alcances  de  este  documento  se  enmarcan  en  las
                  obligaciones tributarias por contribuciones al ESSALUD y a la ONP y las retenciones de
                  Impuesto a la Renta de cuarta y quinta categorías y las sanciones relacionadas a dichos
                  tributos, de la Intendencia Regional Cusco (como universo).

                  Un  segundo  objetivo  es  plantear  una  alternativa  de  solución  más  eficaz  sobre  el
                  problema, bajo la mirada de la regulación dictada por el Decreto Legislativo N.º 933 y
                  su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 078-2004-EF.


























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