Page 57 - Coleccion de articulos 2022
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d)  Es convertible a dinero en efectivo según el valor monetario del que disponga el
                         titular, al valor nominal.

                      e)  No constituye depósito y no genera intereses.
                      2.   Norma Internacional de Contabilidad 38 Activos Intangibles

                         De acuerdo con la NIC 38, un activo es un recurso: (a) controlado por la entidad
                         como  resultado  de  sucesos  pasados;  y  (b)  del  que  la  entidad  espera  obtener
                         beneficios económicos en el futuro.
                         Agrega señalando que un activo intangible es un activo identificable de carácter
                         no monetario y sin apariencia física.

                         Un activo es identificable si:

                         (a) es separable, es decir, es susceptible de ser separado o escindido de la entidad
                         y vendido; o

                         (b) surge de derechos contractuales o de otros derechos de tipo legal.

                         Una entidad  controlará  un  determinado  activo  siempre  que  tenga el  poder  de
                         obtener los beneficios económicos futuros.

                      2.5.    La Teoría de la Renta Producto

                         Para  Bravo  Cucci  (2002),  «la  Teoría  de  la  Renta  –  Producto,  también  conocida
                         como Teoría de la Fuente, establece una acepción restringida (económica) del
                         concepto de renta, al requerir que se trate de un ingreso o riqueza nueva que
                         califique como un producto que provenga de una fuente durable y susceptible de
                         generar ingresos periódicos. En términos generales, la renta a) debe ser producto
                         de una fuente, b) debe ser un producto periódico, c) tiene que provenir de una
                         fuente que se mantenga en el tiempo, d) deja de producirse si se extingue la fuente
                         que la genera».

                         Para  Fernandez  Cartagena  (2004),  «la  renta  se  caracteriza  por  ser  una  nueva
                         riqueza producida por una fuente productora, distinta de ella. Dicha fuente es un
                         capital  que  puede  ser  corporal  o  incorporal.  Este  capital  no  se  agota  en  la
                         producción  de  la  renta,  sino  que  la  sobrevive.  Del  mismo  modo,  es  importante
                         resaltar  que  la  renta  según  este  criterio  es  un  ingreso  periódico,  es  decir,  de
                         repetición en el tiempo. Sin embargo, dicha periodicidad no es necesariamente
                         real en la práctica, sino que basta con que exista una potencialidad para ello. Así,
                         se considera cumplida la periodicidad si potencialmente existe la posibilidad de
                         que tenga lugar la repetición de la ganancia. Dicha posibilidad de reproducción
                         del ingreso significa que la fuente productora del rédito o la profesión o actividad
                         de la persona cuando, en este último caso, es la actividad humana la que genera
                         la  renta;  pueden  generar  los  mismos  rendimientos,  si  se  vuelven  a  habilitar
                         racionalmente para ser destinados a fines generadores de renta».

                         Para García Mullin (1978) sobre la teoría de Renta Productos señala:

                         «Este criterio, en el cual subyace una concepción de la renta de tipo económica y
                         objetivo, entiende que es tal "el producto periódico que proviene de una fuente
                         durable en estado de explotación". Por consiguiente, sólo son categorizables como
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