Page 30 - Incremento Patrimonial No Justificado
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vez  que  ella  tendrá  un  impacto  en  los  ingresos  tributarlos  del  Estado.  Para  ello,  el
               accionar de la Administración Tributaria está enfocado en el cierre de estas brechas, a
               partir  de  una  gestión  del  riesgo  que  permita  dirigir  la  actuación  de  la  SUNAT  hacia
               procedimientos  más  eficientes  no  solo  dirigidos  a  la  detección  del  Incumplimiento
               tributario sino también al cambio de comportamiento positivo de Jos contribuyentes,
               es  así  que  se  desarrollan  dos  líneas  de  actuación  fundamentales  y  de  la  misma
               Importancia:

                   Facilidades a los que quieren cumplir.

                   Prevención y corrección del fraude de los incumplidores tributarios.



               2.3 Métodos de determinación


               En  base  al  artículo  63°  del  Código  Tributario,  durante  el  periodo  de  prescripción,  la
               administración  tributaria,  podrá  determinar  la  obligación  tributaria  con  las  bases
               siguientes:


                   Base cierta: se toma en cuenta los elementos existentes que permitan conocer en forma
                      directa el hecho generador de la obligación tributaria y la cuantía de la misma.

                   Base presunta: en merito a los hechos y circunstancias que, por relación normal con el
                      hecho  generador  de  la  obligación  tributaria,  permitan  establecer  la existencia  y  la
                      cuantía de la misma.



               2.4 Límites del sustento


                      Donaciones recibidas u otras liberalidades que no consten en escritura pública o en otro
                      documento fehaciente.

                     Utilidades derivadas de actividades ilícitas.

                     El ingreso al país de moneda extranjera cuyo origen no esté debidamente sustentado.

                      Los ingresos percibidos que estuvieran a disposición del deudor tributario pero que no
                      los  hubiera  dispuesto  ni  cobrado,  así  como  los  saldos  disponibles  en  cuentas  de
                      entidades del sistema financiero nacional o del extranjero que no hayan sido retirados.

                     Otros ingresos, entre ellos, los provenientes de préstamos que no reúnan las condiciones

                      que señale el reglamento.



               2.5 Diferencias y semejanzas

               En cuanto a las diferencias se puede decir que el IPNJ no configura un delito solo es
               una determinación del impuesto cuando el deudor tributario no ha podido demostrar
               que categoría de renta es por lo que la SUNAT lo configura como una presunción de
               rentas  del  trabajo.  Mientras  que  el  delito  de  lavado  de  activos  y  el  delito  de


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