Page 30 - Coleccion de articulos 2022
P. 30
En otros países como Chile, México, Argentina, Uruguay, Colombia, han implementado
sistemas de pago que se hacen a través de entidades financieras que cobran las
suscripciones por tarjetas de crédito o de lo contrario se obligara a los contribuyentes
extranjeros a que registren sus operaciones ante la AT para que estén gravadas con los
tributos que les correspondería.
Respecto a la relación Bussiness to Consumer (B2C), entre el negocio y el consumidor
final domiciliados en el país; los consumidores utilizan cada vez más las plataformas
digitales, evidenciando que estas operaciones en un gran porcentaje no son
declaradas por los proveedores existiendo una evasión en el IGV, debiendo por lo
menos efectuar una retención con el uso de las tarjetas de crédito y/o débito.
Propuesta para implantar un sistema de retenciones al consumo con
tarjetas de crédito y débito
Para el funcionamiento de este sistema de retenciones, la AT mediante resolución
comunicará a las instituciones del sistema financiero, las empresas emisoras de tarjeta
de crédito o débito para ser considerados como agentes de Retención, quienes
efectuaran las retenciones a los usuarios de las tarjetas de crédito para ser entregadas
al Estado.
Los contribuyentes o proveedores inscritos en la SUNAT, para realizar operaciones de
venta de bienes y/o prestación de servicios, deberán estar afiliados a una institución
financiera o emisora de tarjetas de crédito, además deben contar con una cuenta
corriente donde el banco les abonará el valor de las compras realizadas por sus clientes.
El diagrama del funcionamiento comprende los siguientes pasos:
- Pág. 30 -