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4. Aspecto Procesal del




               IPNJ







               4.1 Definición de prueba


               a) La prueba en un sentido amplio
               Es aquella que no sólo sirve para el conocimiento del hecho, sino también como la
               certeza  o  convicción  que  aquella  proporciona,  siendo  en  sentido  amplio,  un
               equivalente sensible del hecho que habrá de valorarse (Taruffo, 2016).

               Consiste en crear el convencimiento del juez sobre la existencia o inexistencia de los hechos
               en el proceso, suministrando los medios para tal fin (Alvarado, 2019).

               La palabra prueba tiene tres acepciones en el campo del derecho:



                   Alude a la demostración de la verdad de un hecho, de su existencia o inexistencia. Es el
                      establecimiento,  por  los  medios  legales, de  la  exactitud  de  un  hecho  que  sirve de
                      fundamento a un derecho que se reclama.

                   Se refiere a los medios de prueba, o sea, los medios de convicción, considerados en sí
                      mismos.

                   Se habla de la prueba para referirse al hecho mismo de su producción, a la circunstancia
                      de hacerla valer ante los tribunales. En este sentido, por ejemplo, se dice que la prueba
                      incumbe al actor o al demandado (Orrego, s.f.)



               La prueba es todo motivo o razón aportada al proceso por los medios y procedimientos
               aceptados en la ley para llevar al juez al convencimiento de la certeza sobre los hechos
               discutidos en un proceso. Se denomina prueba al medio a través del cual el litigante
               presenta  al  juez  la  verdad  del hecho  afirmado;  así,  por  ejemplo,  un  documento,  el
               dictamen de un perito, la declaración de un testigo, la confesión etc. Finalmente, esta
               misma  voz  se  utiliza  para  hacer  referencia  a  la  actividad  como  procedimiento
               desarrollado al ofrecer o producir un medio probatorio (Sebastian, 2007).

               Requisitos de la prueba:










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