Page 49 - Derecho constitucional Tributario
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de  Administración  Tributaria  –SUNAT  contra  diversos  magistrados  del  Juzgado  Mixto  de
               Acobamba y de la Sala Mixta de Huancavelica:

                         “4.  Este  Colegiado  aprecia  que  las  resoluciones  impugnadas  recayeron  en  el
                        proceso de amparo iniciado por las partes ahora demandadas, contra el MINCETUR
                        y la Dirección Regional de Turismo y Gobierno Regional de Huancavelica; en ese
                        sentido,  tratándose  de  un  proceso  de  amparo  a  través  del  cual  se  pretende
                        cuestionar el resultado de otro anteriormente seguido entre las mismas partes, resulta
                        pertinente  reiterar  la  jurisprudencia  del  Tribunal  Constitucional,  establecida  en  las
                        sentencias 1602-2006-PA/TC (f. 4. en el que se cita además el f. 2. de la STC 0200-
                        2004-AA/TC) y 2371-2005-PA/TC (f. 3., en el que se hace referencia a la STC 3846-
                        2004-PA/TC),  que  habilitan  la  competencia  de  este  Tribunal  para  conocer  casos
                        como el de autos; procede, entonces, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la
                        cuestión planteada”

                En  conclusión,  aunque  se  ha  identificado  un  uso  indebido  del  amparo  en  contra  de
               resoluciones  judiciales,  es  innegable  que  los  jueces  constitucionales,  a  través  de  sus
               resoluciones, también pueden vulnerar los derechos fundamentales de las partes. Por esta
               razón, resulta justificado que, de manera excepcional, proceda el proceso de amparo contra
               las resoluciones emitidas por dichos jueces, siempre bajo estrictos criterios de control.

               En cuanto a la litispendencia, su prohibición encuentra sentido en el principio jurídico que
               impide que las mismas partes mantengan en trámite dos procesos sobre la misma materia.
               Este principio busca evitar el riesgo de la emisión de fallos contradictorios o disímiles, lo que
               podría generar inseguridad jurídica y afectar la coherencia del sistema judicial.




                       Numeral N° 2.8.6. Si se trata de conflictos constitucionales surgidos entre los
                       poderes  del  Estado  o  de  entidades  de  la  administración  pública  entre  sí.
                       Tampoco procede entre los gobiernos regionales, locales o de ellos entre sí ni
                       contra el Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial interpuesto
                       por un gobierno local, regional o entidad pública alguna. En estos casos, la
                       controversia se tramita por la vía de los procesos de inconstitucionalidad o de
                       competencia, según corresponda.



               Un ejemplo claro de esta causal de improcedencia se encuentra en los diversos procesos de
               amparo  promovidos  por el  Servicio  de Administración  Tributaria  (SAT)  de  la  Municipalidad
               Metropolitana de Lima contra resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal, durante el periodo
               en que estuvo vigente la derogada Ley N.° 23506. Estos casos ilustran cómo el uso indebido
               de los procesos constitucionales para cuestionar decisiones administrativas puede derivar en
               la declaratoria de improcedencia por no ajustarse a las vías legales correspondientes.

                Por ejemplo, en las STC N°s 070-2003-AA/TC y 285-2003-AA/TC, el Tribunal Constitucional se
               pronunció por la improcedencia de estas demandas, bajo el argumento que “... el Tribunal
               Fiscal es un órgano resolutivo del MEF, el que forma parte de uno de los poderes del Estado ...
               y  de  otro  lado,  el  SAT  es  un  organismo  público  descentralizado  de  la  Municipalidad


                                                                                                 Página | 48
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