Page 93 - Derecho constitucional Tributario
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condiciones de la detención, sea en el mismo establecimiento o en otro, o bajo la custodia
               de personas distintas de las que hasta entonces la ejercían; o

                           3) que la persona privada de libertad sea puesta inmediatamente a disposición del
               juez  competente,  si  la  agresión  se  produjo  por  haber  transcurrido  el  plazo  legalmente
               establecido para su detención; o

                           4) que cese el agravio producido, disponiendo las medidas necesarias para evitar que
               el acto vuelva a repetirse”.





































































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