Page 93 - Derecho constitucional Tributario
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condiciones de la detención, sea en el mismo establecimiento o en otro, o bajo la custodia
de personas distintas de las que hasta entonces la ejercían; o
3) que la persona privada de libertad sea puesta inmediatamente a disposición del
juez competente, si la agresión se produjo por haber transcurrido el plazo legalmente
establecido para su detención; o
4) que cese el agravio producido, disponiendo las medidas necesarias para evitar que
el acto vuelva a repetirse”.
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