Page 86 - Coleccion de articulos 2021
P. 86

10.    Se  recomienda  que  en  el  apéndice  de  la  Ley  del  IGV  se  establezcan  como
                         supuestos  de  exoneración  servicios  digitales  indispensables  para  las  labores
                         académicas, los mismos que deben ser identificados con la participación de la
                         academia.
                  11.    El Poder Ejecutivo debe derogar el Artículo 4-A del Reglamento de la LIR y la
                         definición de lo que se debe entender por Servicio Digital y cuando un servicio
                         digital es utilizado económicamente, usado y consumido en el Perú. Porque, en
                         virtud  del  principio  constitucional  de  reserva  de  ley,  dicho  supuesto  gravado
                         debe ser regulado en la ley o en su defecto, debe existir una remisión de la ley
                         al reglamento (Reserva de Ley relativa).















































                                                                                          Página | 86
   81   82   83   84   85   86   87   88   89   90   91