Page 11 - Incremento Patrimonial No Justificado
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contribuyente por el simple disfrute o consumo de bienes, conocidas en la doctrina
                       como rentas psíquicas.

                       En este contexto, el literal c) del artículo 1° de la LIR establece que son rentas gravadas
                       las imputadas, incluyendo las generadas por el goce o disfrute de bienes, que la ley
                       considere como tales. Para determinar estas manifestaciones de riqueza inmateriales,
                       se utiliza la figura jurídica de la presunción. Así, el inciso h) del artículo 28° de la LIR
                       regula las rentas fictas o presuntas, que surgen por el uso o disfrute de bienes cedidos
                       de manera gratuita


               En conclusión, estas tres teorías proporcionan distintos enfoques para entender y clasificar los
               ingresos como renta, estableciendo las bases conceptuales para su tratamiento fiscal y para
               la determinación de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.


               1.1.3  El  Incremento  Patrimonial  No  Justificado  como  Renta  Neta

               Presunta



               1.1.3.1 Cuestiones Preliminares


               a) Determinación de la Obligación Tributaria sobre Base Cierta:

               La determinación sobre base cierta se aplica cuando la administración tributaria cuenta con
               los  elementos  suficientes  para  establecer  de  manera  directa  y  con  precisión  tanto  la
               existencia de la obligación tributaria sustancial (es decir, un crédito exigible a favor del fisco)
               como la cuantificación exacta de dicha obligación (un crédito líquido y determinado). Este
               método garantiza un análisis objetivo y fundamentado de las obligaciones del contribuyente
               (Iannacone, 2002, pág. 280).

               La  determinación  sobre  base  cierta  se  sustenta  en  el  conocimiento  de  la  realización  del
               hecho  imponible,  circunstancia  que  normalmente  permite  a  la  Administración  Tributaria
               identificar la oportunidad en que ello tuvo lugar. Por su parte, la determinación sobre base
               presunta es un método alternativo a la determinación sobre base cierta para establecer la
               existencia y la cuantía de la obligación tributaria.

               En este caso, tenemos por ejemplo elementos como: comprobantes de pago, contratos, DJ,
               libros, registros, correspondencia comercial, documentación bancaria, etc., proporcionados
               u obtenidos. La característica principal en este tipo de determinación es que permite verificar
               por si solos o conjuntamente que existe hecho generador de la obligación tributaria.

               b) Determinación de la Obligación Tributaria sobre Base Presunta:

               Basándose en los hechos y circunstancias que guardan una relación lógica y directa con el
               hecho generador de la obligación tributaria, es posible determinar tanto la existencia como
               la cuantía de dicha obligación. Conforme a ello, la determinación es sobre base presunta, si
               la  autoridad  administrativa  no  ha  podido  obtener  los  antecedentes  necesarios  para  la





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