Page 60 - Incremento Patrimonial No Justificado
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debió prever las conductas con claridad y precisión, por ello si son genéricas o pasibles de
               lagunas resultarían inconstitucionales.

               Todo ilícito administrativo y penal deben estructurarse con un tipo objetivo y otro subjetivo
               para determinar dentro de un debido proceso la culpabilidad de corresponder. La acción u
               omisión  produce  un  resultado  objetivo  y  el  dolo  provoca  el  tipo  subjetivo  como  es  el
               conocimiento y la voluntad del querer del resultado.



               b) Riesgo de evasión y fiscalización tributaria


               Con la finalidad de verificar el correcto cumplimiento de los contribuyentes la Administración
               Tributaria  recurre  a  los  cruces  de  información  que  le  permita  conocer  las  posibles
               inconsistencias de los deudores tributarios.

               En razón a ello el Código Tributario a regulado la facultad sancionadora y el procedimiento
               administrativo de fiscalización en los siguientes artículos:



                       Artículo 166°. - facultad sancionatoria

                       La administración tributaria tiene la facultad discrecional de determinar y sancionar
                       administrativamente  las  infracciones  tributarias.  En  virtud  de  la  citada  facultad
                       discrecional,  la  administración  tributaria  también  puede  aplicar  gradualmente  las
                       sanciones por infracciones tributarias, en la forma y condiciones que ella establezca,
                       mediante resolución de superintendencia o norma de rango similar. (…)

                       Artículo  165°.  -  determinación  de  la  infracción,  tipos  de  sanciones  y  agentes
                       fiscalizadores

                       La infracción será determinada en forma objetiva y sancionada administrativamente
                       con penas pecuniarias, comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos, cierre
                       temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes y suspensión
                       de  licencias,  permisos,  concesiones  o  autorizaciones  vigentes  otorgadas  por
                       entidades del estado para el desempeño de actividades o servicios públicos. (…)


               c)  Elementos de la infracción



               Las infracciones tributarias, como las infracciones en general, poseen los siguientes elementos
               esenciales:

                   1.  Sustancial o antijuridicidad:


                       Este elemento se refiere al incumplimiento de una obligación legalmente establecida,
                       que puede manifestarse a través de una acción (hacer algo que está prohibido) o


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