Page 73 - Incremento Patrimonial No Justificado
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patrimoniales cuyo origen no pueda ser justificado por el contribuyente o responsable,
               constituyen renta no declarada por éstos.

               Es decir que los responsables obligados a justificar el incremento patrimonial son los que
               estuvieron obligados a declarar el impuesto a la renta, pero en el caso de autos al
               momento en que venció el plazo para presentar la declaración jurada del impuesto a
               la renta del ejercicio 1996 el único obligado a cumplir con dicha obligación formal era
               Víctor  Cardoza  Ancajima,  quien  falleció  el  29  de  julio  de  1997.  En  tal  sentido,  no
               procedía que la administración tributaria determinara un incremento patrimonial no
               justificado  sustentándose  únicamente  en  que  los  sucesores  del  contribuyente  no
               cumplieron con justificar el préstamo efectuado por éste a Moliarroz S.A.




































































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