Page 73 - Incremento Patrimonial No Justificado
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patrimoniales cuyo origen no pueda ser justificado por el contribuyente o responsable,
constituyen renta no declarada por éstos.
Es decir que los responsables obligados a justificar el incremento patrimonial son los que
estuvieron obligados a declarar el impuesto a la renta, pero en el caso de autos al
momento en que venció el plazo para presentar la declaración jurada del impuesto a
la renta del ejercicio 1996 el único obligado a cumplir con dicha obligación formal era
Víctor Cardoza Ancajima, quien falleció el 29 de julio de 1997. En tal sentido, no
procedía que la administración tributaria determinara un incremento patrimonial no
justificado sustentándose únicamente en que los sucesores del contribuyente no
cumplieron con justificar el préstamo efectuado por éste a Moliarroz S.A.
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