Page 81 - Incremento Patrimonial No Justificado
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9. IPNJ e Intercambios
Internacionales de
Información
Los Estados cada vez más están comprometidos en estrechar lazos para combatir la evasión
y elusión fiscal a nivel global. Por ello, se ha establecido varios frentes, en ellos el plan de
acción BEPS y la Convención multilateral que a la letra Información obtenida del intercambio
de información Los Estados cada vez más están comprometidos en estrechar lazos para
combatir la evasión y elusión fiscal a nivel global. Por ello, se ha establecido varios frentes, en
ellos el plan de acción BEPS y la Convención multilateral que a la letra dice lo siguiente:
Convención multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para
prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios Las Partes de esta
Convención, Reconociendo la cuantiosa pérdida de recaudación en el impuesto sobre
sociedades que sufren las Administraciones debido a la planificación fiscal agresiva que
resulta en el traslado artificial de los beneficios hacia emplazamientos en los que están sujetos
a una tributación reducida o nula; Conscientes de que la erosión de la base imponible y el
traslado de beneficios (en lo sucesivo “BEPS”, por sus siglas en inglés) es un problema
acuciante no sólo para los países industrializados, sino también para las economías
emergentes y los países en desarrollo; Reconociendo la importancia de garantizar que los
beneficios tributen allí donde se lleven a cabo las actividades económicas sustanciales que
generen los beneficios y donde se cree valor; Acogiendo favorablemente el paquete de
medidas desarrollado al amparo del proyecto conjunto de la OCDE y el G20 (en lo sucesivo,
el “Paquete BEPS de la OCDE/G20”)
Además, esta convención ha precisado lo siguiente: VII PARTE. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 27 – Firma y ratificación, aceptación o aprobación El 31 de diciembre de 2016, este
Convenio estará abierto a la firma por: a) todos los Estados;
VII PARTE. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 27 – Firma y ratificación, aceptación o aprobación
El 31 de diciembre de 2016, este Convenio estará abierto a la firma por:
a) todos los Estados;
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