Page 84 - Incremento Patrimonial No Justificado
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10.2 Chile
En Chile, el Incremento Patrimonial No Justificado (IPNJ) se aborda principalmente a
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través de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), contenida en el Decreto Ley N° 824 .
Esta normativa establece que los incrementos patrimoniales cuyo origen no pueda ser
acreditado por el contribuyente se consideran rentas gravadas, sujetas al impuesto
correspondiente.
El artículo 2° de la LIR define las rentas como " los ingresos que constituyan utilidades o
beneficios que rinda una cosa o actividad y todos los beneficios, utilidades e
incrementos de patrimonio que se perciban o devenguen, cualquiera que sea su
naturaleza, origen o denominación". Esta definición incluye los incrementos
patrimoniales no justificados como parte de las rentas imponibles.
Además, el código Tributario, Decreto Ley N° 830 establece en su artículo 21 que "
corresponde al contribuyente probar con los documentos, libros de contabilidad u otros
medios que la ley establezca, en cuanto sean necesarios u obligatorios para él, la
verdad de sus declaraciones o la naturaleza de los antecedentes y monto de las
operaciones que deban servir para el cálculo del impuesto.". Esta presunción legal
obliga al contribuyente a demostrar el origen legítimo de los incrementos patrimoniales
detectados.
Por lo que la carga de la Prueba recae sobre el contribuyente que tiene la
responsabilidad de justificar el origen de los incrementos patrimoniales detectados.
Debe proporcionar documentación fehaciente que acredite la procedencia de los
fondos o bienes que han generado el incremento patrimonial.
La Administración Tributaria Chilena- Servicio de Impuestos Internos (SII)- puede
detectar incrementos patrimoniales no justificados mediante el análisis de las
declaraciones de impuestos, información proporcionada por terceros y otras fuentes
de datos. Cuando se identifican discrepancias entre el patrimonio declarado y los
ingresos reportados, se presume la existencia de rentas no declaradas.
10.3 Colombia
En Colombia, el Incremento Patrimonial No Justificado (IPNJ) se aborda principalmente
a través de la renta por comparación patrimonial, un mecanismo establecido en el
Estatuto Tributario. Este método permite a la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales (DIAN) identificar incrementos en el patrimonio de los contribuyentes que
no corresponden con los ingresos declarados, presumiendo que dichos incrementos
provienen de rentas no declaradas.
5 Para más información en el siguiente enlace: https://www.sii.cl/pagina/actualizada/noticias/2002/dl824.htm
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