Page 22 - Derecho constitucional Tributario
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previamente en la ley. Por su parte, el principio de legalidad garantiza que la potestad de
crear, modificar o suprimir tributos recaiga exclusivamente en los órganos legislativos, o en
quienes actúen por delegación expresa de estos, asegurando así la legitimidad y
transparencia en la regulación tributaria.
2.3.3. Criterios jurisprudenciales
A continuación, se presentan dos pronunciamientos del Tribunal Constitucional que
evidencian casos de transgresión al principio de reserva de ley, reafirmando la importancia
de este principio como garantía del adecuado ejercicio de la potestad tributaria.
• STC Exp. 01551-2005-AA/TC - Principio de Reserva de Ley
En este caso el Tribunal Constitucional entiende que se ha vulnerado el principio de reserva
de ley pues se ha establecido la alícuota del impuesto por decreto supremo (norma infra
legal), no por una ley. Señala que este principio tributario tiene su origen histórico en el
aforismo “no taxation without representation”, y, ello exige que los tributos —esto es, sus
aspectos esenciales— sean establecidos por los representantes de quienes van a contribuir.
Actúa, así como una cláusula de salvaguarda frente a la posible arbitrariedad del Poder
Ejecutivo en materia impositiva.
• STC Exp. 1746-2003-AA/TC - Creación ex novo de un tributo
En este caso el Tribunal Constitucional deja claro que no está cuestionando el aumento de la
alícuota, sino la creación de un nuevo hecho generador del impuesto. Los productos que
importaba la demandante (tabaco para pipa, entre otros) no estaban gravados con el ISC
hasta la aparición del Decreto Supremo N° 128-2001-EF. Por tanto, añadir un producto que no
estaba en la Ley y establecer su base imponible son aspectos esenciales del tributo que
deben estar protegidos por el principio de reserva de ley.
Del mismo modo, la demandante se ha visto obligada a garantizar su obligación tributaria
mediante cartas fianza. En este contexto, el Tribunal Constitucional considera que dicha
situación vulnera el principio de legalidad.
2.4 Principio de capacidad contributiva
2.4.1 Concepto y fundamento
Como se expuso en la lección anterior, la justificación y legitimación de un sistema tributario
radican principalmente en la necesidad de recaudar recursos para atender las demandas
públicas. No obstante, esta finalidad no implica que la exigencia en el pago de tributos
pueda ser ilimitada. En consecuencia, el tributo, particularmente en lo que respecta a sus
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