Page 75 - Coleccion de articulos 2021
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actuando como tal. En ambos casos se exige la residencia o domicilio habitual en el
                  territorio de aplicación.
                  Tributación de los servicios digitales en Argentina
                  En Argentina los servicios digitales prestados por residentes o domiciliados en el exterior.
                  Al estar este tipo de servicios gravado con el IVA, en ese país la tasa del impuesto es de
                  un 21% sobre la base imponible.

                  En virtud de la modificación realizada por la ley 27.430, se introdujo el inciso e) al art. 1
                  de la ley 23.349, que grava la prestación de servicios digitales por sujetos residentes o
                  domiciliados en el exterior cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el
                  país.
                  Conforme con lo prescrito en el art. 3°, inc. M), de la ley 23.349, se entiende por servicios
                  digitales aquellos llevados a cabo a través de la red Internet o de cualquier adaptación
                  o aplicación de los protocolos, plataformas o de la tecnología utilizada por Internet u
                  otra red a través de la que se presten servicios equivalentes que, por su naturaleza, estén
                  básicamente automatizados y requieran una intervención humana mínima, cualquiera
                  sea el dispositivo utilizado para su descarga, visualización o utilización.

                  Los servicios digitales prestados por un sujeto residente o domiciliado en el exterior se
                  entenderán,  en  todos  los  casos,  realizados  en  el  exterior.  Ante  una  importación  de
                  servicios  digitales,  cuando  los  prestatarios  sean  responsables  inscriptos  por  otras
                  obligaciones, se presume que la utilización o explotación efectiva se lleva a cabo en la
                  jurisdicción en que se verifiquen los siguientes supuestos:

                      •   De tratarse de servicios recibidos a través de la utilización de teléfonos móviles:
                         en el país identificado por el código del teléfono móvil de la tarjeta sim.
                      •   De  tratarse  de  servicios  recibidos  mediante  otros  dispositivos:  en  el  país  de
                         dirección IP de los dispositivos electrónicos del receptor de servicio. Se considera
                         como dirección IP al identificador numérico único formado por valores binarios
                         asignado a un dispositivo electrónico.
                  En el supuesto que los prestatarios no sean responsables inscriptos por otras obligaciones,
                  se  presumirá  que  existe  utilización  o  explotación  efectiva  en  la  República  Argentina
                  cuando allí se encuentre alguno de los siguientes datos:

                      •   La dirección IP del dispositivo utilizado por el cliente o código país de tarjeta sim.
                      •   La dirección de facturación del cliente.
                      •   La  cuenta  bancaria  utilizada  para  el  pago,  la  dirección  de  facturación  del
                         cliente de la que disponga el banco o la entidad financiera emisora de la tarjeta
                         de crédito o débito con que se realice el pago.
                  El hecho imponible se perfecciona en el momento en que se finalice la prestación o en
                  el del pago total o parcial del precio por parte del prestatario, el que fuere anterior. Se
                  considera que la prestación del servicio finaliza al vencimiento del plazo fijado para su
                  pago.
                  Tributación de los servicios digitales en Colombia.
                  En Colombia se realizó una modificación a la Ley del IVA, con el propósito de gravar a
                  los  servicios  digitales  con  este  impuesto.  Estableciendo  el  legislador  que  todas  las
                  empresas que presten servicios desde el exterior a Colombia son responsables del IVA y
                  deben pagarlo.


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