Page 135 - Coleccion de articulos 2022
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contingencias o eventualidades de cierre de puertos y/o aeropuertos; atención
preferente en las atenciones de orientación y asistencia presencial, telefónica y
virtual (correo electrónico) en materia aduanera; atención preferente de las
consultas técnicas en materia aduanera; asignación de un sectorista de la División
del Operador Económico Autorizado, entre otros. (Anexo III del Procedimiento
General: Certificación del Operador Económico Autorizado- DESPA-PG.29). Todo
esto, que redunda en tiempos más cortos (menores) en la atención de sus
despachos y en menores costos.
1.2.3.5. Cantidad de operadores y entidades públicas
participantes
Actualmente el Programa OEA de nuestro país cuenta con 361 operadores de
comercio exterior certificados, entre exportadores, importadores, depósitos
temporales, agentes de aduana, depósitos aduaneros, empresas de servicio
entrega rápida y almacenes aduaneros. Así mismo, cuenta con cuatro (04)
entidades públicas participantes: SUCAMEC, SENASA, MINSA, SANIPES, las cuales
también otorgan beneficios a las empresas certificadas.
1.2.4. Acuerdos de Reconocimiento Mutuo
1.2.4.1. Definición
El reconocimiento mutuo es un concepto amplio que supone que una acción o
decisión tomada válidamente por una Administración de Aduanas es reconocida
y aceptada por otra Administración Aduanera. En ese contexto, el objetivo del
reconocimiento mutuo de los OEA es que una Administración de Aduanas
reconozca los resultados de la validación y las autorizaciones de OEA
realizados/emitidos por la otra Administración Aduanera, y se comprometan
recíprocamente, a proporcionar importantes y comparables beneficios a los
operadores económicos autorizados por la contraparte en el acuerdo (Pedruelo,
2016).
En ese contexto, los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo (ARM), se refiere a la firma
de un documento formal entre dos o más Administraciones de Aduanas en el que
se describen las circunstancias y condiciones en las que los Programas OEA son
reconocidos y aceptados entre las partes firmantes (Pedruelo, 2016). Además, el
ARM define los beneficios mutuos de los que disfrutarán las empresas OEA de los
países participantes y establece los aspectos prácticos necesarios para que las
administraciones de aduanas participantes atribuyan estos beneficios (OMA, 2021).
1.2.4.2. Beneficios
El reconocimiento mutuo de los programas de OEA proporciona beneficios tanto a
nivel Aduana-Aduana como a nivel de Aduana-Empresa. Así, las Aduanas
mejorarán su gestión de riesgos permitiendo centrar sus controles en los
cargamentos de mayor riesgo, agilizando a su vez los envíos de bajo riesgo. Por su
parte las empresas OEA conseguirán mejoras de la eficiencia económica a través
de la reducción del tiempo y los costos asociados a los controles aduaneros debido
a un tratamiento prioritario; reducción de los costos y las demoras, a través de
inspecciones prioritarias cuando la carga es seleccionada para control, facilitando
así el cumplimiento de los plazos de entrega; mejora de la predicción y la precisión