Page 17 - Coleccion de articulos 2022
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de moneda debidamente acreditadas, con el propósito que el reparo cumpla con
                         los requisitos formales y sustanciales para la determinación del IPNJ.

                         Por otro lado, de acuerdo con la reciente Casación Vinculante N° 546-2022-Lima
                         los medios de prueba ofrecidos de manera extemporánea por los contribuyentes
                         en  el  procedimiento  de  fiscalización,  sobre  la  base  de  una  interpretación
                         sistemática del principio de impulso de oficio, verdad material e informalismo, la AT
                         debe activar la actuación probatoria de oficio y valorar dichos medios de prueba
                         siempre y cuando sean necesarios y pertinentes para levantar o reducir un reparo.

                         Así mismo, es pertinente resaltar que si bien el artículo 36° del TUO de la Ley del
                         Procedimiento  Contencioso  Administrativo  (En  adelante  LPCA)  no  establece  de
                         manera expresa que el precedente vinculante de la suprema es de obligatorio
                         cumplimiento para los órganos de la Administración Pública, de una interpretación
                         sistemática del artículo 148° de la norma de reconocimiento y el artículo 36° del
                         TUO de la LPCA se puede colegir que al ser el Poder Judicial el órgano encargado
                         de  realizar  el  control  de  legalidad  y  constitucionalidad  de  las  decisiones
                         administrativas, las reglas vinculantes producidos por la Quinta Sala Suprema de la
                         Corte  Suprema  de  la  República  se  constituyen  en  parámetros  normativos  que
                         deben ser tomados en cuenta por la AT y el Colegiado Administrativo al momento
                         de emitir una decisión administrativa que resuelva las pretensiones de los sujetos
                         pasivos de la obligación tributaria.

                         De  acuerdo  con  la  tercera  regla  vinculante  establecida  en  la  casación  citada
                         precedentemente,  los  jueces  estarán  en  la  obligación  de  admitir  y  valorar  los
                         medios de prueba ofrecidos de manera extemporánea con el propósito de hacer
                         prevalecer la verdad material respecto de la verdad formal.

                         Finalmente, la actuación probatoria de oficio es un imperativo categórico para la
                         AT y es una garantía para los contribuyentes en el procedimiento de fiscalización y
                         el procedimiento contencioso tributario, bajo la premisa que el derecho a ofrecer
                         medios de prueba y que estos sean valorados, es un derecho contenido en la regla
                         constitucional  y  convencional  del  debido  proceso  y  prevalece  respecto  de  las
                         reglas procesales tributarias.

                  2.     Límites temporales y materiales vinculados al Requerimiento emitido
                         al amparo del artículo 75


                  2.1.   Definición de requerimiento
                         El requerimiento es un acto  administrativo dictado dentro del procedimiento de
                         fiscalización  que  tiene  como  propósito  solicitar  información  y  poner  de
                         conocimiento del contribuyente las inconsistencias detectadas por la AT, donde se
                         le solicita cierta información que permita al sujeto pasivo levantar las mismas. Así
                         mismo, se utiliza el requerimiento para comunicar las observaciones e infracciones
                         determinadas en el procedimiento de fiscalización.

                         El  artículo  4°  del  Reglamento  de  Fiscalización  prescribe  que  a  través  del
                         requerimiento  se  solicita  al  sujeto  fiscalizado  la  exhibición  y/o  presentación  de
                         informes y en general toda información relacionada con hechos susceptibles de
                         generar obligaciones tributarias o para verificar si el sujeto fiscalizado se encuentra
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